Casación No. 512-2015 

Sentencia del 26/02/2016


"... Al analizar el submotivo invocado, esta Cámara advierte que la casacionista incurrió en defecto de planteamiento por las razones siguientes: a) en el escrito de interposición la casacionista no expone de manera clara y precisa si invoca el presente submotivo porque los medios de prueba fueron omitidos o tergiversados por la Sala sentenciadora, ya que en sus argumentos señala: «… El juzgador tergiversa los documentos siguientes…» (el resaltado es propio); más adelante expone: «… Es importante indicar que la Sala sentenciadora no realizó una correcta apreciación de los hechos pues al omitir analizar los hechos, pues al omitir analizar los documentos ya referidos» (el resaltado es propio); finalmente concluye indicando: «… al apreciar y analizar los documentos presentados(el resaltado es propio), le hubiere proporcionado a un medio de prueba existente materialmente en el proceso, una interpretación ostensiblemente distinta a su real contenido» (el resaltado es propio). Se aprecia entonces que en sus razonamientos hace mención indistintamente a los dos supuestos de procedencia, pese a que ambos son excluyentes entre sí..."